Cumplimiento
La normativa chilena de seguridad laboral, explicada
Guías escritas por un ingeniero en prevención de riesgos. Qué exige cada norma, quién la fiscaliza y qué se arriesga por no cumplirla.
En resumen
Reglamento sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales
El DS 44 es el Reglamento sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo. Rige desde el 1 de febrero de 2025 y derogó al DS 40 y al DS 54. Obliga a toda empresa a identificar, evaluar y controlar sus riesgos de forma continua, no como una lista de documentos aislados.
Seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
La Ley 16.744 establece el seguro social obligatorio contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en Chile. Obliga a todo empleador a afiliar a sus trabajadores a un organismo administrador, a adoptar medidas de prevención y a informar los riesgos, y financia las prestaciones médicas y económicas de quien sufre un accidente laboral.
Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo
El DS 594 fija las condiciones sanitarias y ambientales mínimas de todo lugar de trabajo en Chile: agua potable, servicios higiénicos, vestidores, comedores, ventilación, iluminación, y los límites permisibles de exposición a ruido, agentes químicos y físicos. Lo fiscaliza principalmente la SEREMI de Salud.
Ley 21.442 y Ley 21.364
El artículo 40 de la Ley 21.442 obliga a todo condominio a tener un plan de emergencia que contenga el plan de evacuación, revisarlo al menos una vez al año y organizar simulacros. La Ley 21.364 creó SENAPRED e instaló en Chile un enfoque de gestión del riesgo de desastres de ciclo completo.
Siniestralidad efectiva y cotización adicional
El DS 67 es el reglamento que evalúa la siniestralidad efectiva de cada empresa y ajusta su tasa de cotización adicional del seguro de la Ley 16.744. El proceso se realiza cada dos años y la tasa resultante, entre 0% y 6,8%, se paga durante los dos años siguientes.
Calendario
El año de cumplimiento, mes a mes
Las obligaciones de seguridad y salud no son un trámite anual: se distribuyen a lo largo del año. Este es el calendario que seguimos con nuestros clientes.
- Enero
Programa de Trabajo Preventivo del año
Elaborar y aprobar el programa anual con actividades, plazos, responsables e indicadores. Es la exigencia del DS 44 que estructura todo el año.
- Enero – Marzo
Revisión y actualización de la matriz IPER
Incorporar cambios de proceso, equipos nuevos, puestos creados y las conclusiones de los accidentes del año anterior.
- Marzo
Elección o renovación del Comité Paritario
Los comités duran dos años. Verificar vigencia, convocar elecciones cuando corresponda y dejar acta de constitución.
- Permanente
Obligación de Informar a cada ingreso
Todo trabajador nuevo debe recibir la IRL (antes ODI) antes de comenzar a operar, con registro firmado. Aplica también a cambios de puesto.
- Trimestral
Inspecciones planificadas de seguridad
Recorridos con pauta, registro fotográfico y plan de cierre con responsables y plazos verificados.
- Septiembre – Noviembre
Simulacro anual de emergencia
Ejecutar al menos un simulacro con acta de evaluación. Los condominios deben además revisar su plan de evacuación conforme a la Ley 21.442.
- Octubre – Diciembre
Evaluaciones de agentes y vigilancia de la salud
Verificar vigencia de las evaluaciones de ruido, sílice o agentes químicos, y el cumplimiento de los exámenes de los protocolos aplicables.
- Diciembre
Cierre y evaluación del programa preventivo
Medir el cumplimiento del programa, analizar la accidentabilidad del año y definir las prioridades del año siguiente.
Entender la norma es el primer paso. Cumplirla es el trabajo.
Si prefiere no hacerlo solo, evaluamos su empresa y le decimos exactamente qué le falta y en qué orden conviene cerrarlo.