Guía de cumplimiento
DS 594: Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo
Respuesta directa
- Vigencia
- Vigente, con actualizaciones sucesivas
- Organismo emisor
- Ministerio de Salud
- A quién aplica
- Todo lugar de trabajo, incluidas faenas temporales y campamentos.
El DS 594 es la norma que más multas genera en terreno, y casi siempre por lo mismo: baños insuficientes o en mal estado, falta de agua potable en faena, comedores que no cumplen, y ausencia de evaluaciones de ruido o de agentes químicos. Son incumplimientos visibles, verificables en minutos y difíciles de justificar. También es la norma que fija los límites de exposición que activan los programas de vigilancia de la salud.
Qué obliga exactamente
- 01
Agua potable
Todo lugar de trabajo debe contar con agua potable destinada al consumo humano y al aseo personal, en cantidad suficiente y con la calidad sanitaria exigida.
- 02
Servicios higiénicos
Cantidad mínima de excusados, lavatorios y duchas en proporción al número de trabajadores, separados por sexo, con mantención y aseo permanente.
- 03
Vestidores y comedores
Vestidores con casilleros individuales cuando la labor lo requiera, y comedores separados de las áreas de trabajo, especialmente donde se manipulan sustancias peligrosas.
- 04
Ventilación e iluminación
Renovación de aire adecuada al tipo de labor y niveles mínimos de iluminación según la exigencia visual de cada tarea.
- 05
Límites de exposición a agentes
Cumplimiento de los límites permisibles de exposición a ruido, sílice, agentes químicos, vibraciones, calor y frío, con evaluaciones cuantitativas cuando corresponde.
- 06
Sustancias peligrosas
Almacenamiento, etiquetado, hojas de datos de seguridad y control de riesgos de las sustancias peligrosas presentes en la operación.
- 07
Elementos de protección personal
Provisión gratuita de EPP certificado y adecuado al riesgo, con verificación de uso efectivo y reposición oportuna.
Quién fiscaliza
- SEREMI de Salud
- Dirección del Trabajo
Consecuencias del incumplimiento
La SEREMI de Salud puede cursar multas conforme al Código Sanitario y, en casos graves, ordenar la clausura o la paralización de faenas. La Dirección del Trabajo sanciona en paralelo las materias que caen dentro de su competencia.
Fuentes oficiales
Esta guía es material informativo elaborado por Víctor Reyes Loyola, ingeniero en prevención de riesgos laborales, calidad y medio ambiente. No constituye asesoría legal. En caso de discrepancia, prevalece siempre el texto de la normativa vigente.
Dudas habituales
Preguntas frecuentes sobre DS 594
Las dudas que más nos llegan sobre esta normativa.