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PREVIC SpA Asesorías e Ingeniería

Servicio 02

Planes de emergencia y gestión del riesgo de desastres

Planes que la gente sabe ejecutar, con brigadas entrenadas, planos vigentes y simulacros reales.

Respuesta directa

Un plan de emergencia define qué hace cada persona antes, durante y después de un incendio, sismo, emergencia química o evacuación. Es obligatorio para empresas bajo el DS 44 y para condominios bajo el artículo 40 de la Ley 21.442, que además exige revisarlo y ejercitarlo con simulacros al menos una vez al año.
Charla de seguridad en terreno a un grupo de trabajadores en el exterior de una planta

El problema de fondo

Un plan de emergencia archivado no salva a nadie. La diferencia entre un documento y un plan real está en tres cosas: que las vías de evacuación existan y estén despejadas, que haya personas designadas y entrenadas, y que se haya ensayado al menos una vez. Previc arma el documento y después lo pone a prueba en terreno.

Para quién es

Empresas y centros de trabajo, edificios comerciales, plantas productivas, y condominios y comunidades que deben cumplir el artículo 40 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.

Lo que solemos encontrar

Planos de evacuación que no corresponden al edificio actual, extintores sin mantención vigente, nadie designado como líder de evacuación y ningún simulacro registrado.

Entregables

Qué recibe exactamente

Sin ambigüedad: esta es la lista de lo que queda instalado y documentado en su empresa.

Plan de emergencia y evacuación

Documento con procedimientos por tipo de emergencia: incendio, sismo, tsunami, emergencia química, amenaza y evacuación general. Incluye cadena de mando y zonas de seguridad.

Plan de Gestión del Riesgo de Desastres (GRD)

Análisis de amenazas del territorio y de la operación, evaluación de vulnerabilidad y medidas de mitigación, alineado con el marco de la Ley 21.364 y SENAPRED.

Planos de evacuación

Planos por piso o sector con vías de evacuación, zonas de seguridad, extintores y red húmeda, en formato para impresión y montaje.

Constitución y entrenamiento de brigadas

Selección y formación de brigada de emergencia: control de incendio incipiente, evacuación y primeros auxilios, con roles asignados por turno.

Simulacros con evaluación

Diseño, ejecución y evaluación del simulacro, con medición de tiempos, informe de observaciones y plan de mejora. Deja el registro que exige la normativa.

Señalética y verificación de equipos

Levantamiento de señalética faltante, verificación de vías despejadas, iluminación de emergencia y vigencia de la mantención de extintores y red húmeda.

El servicio incluye

  • Levantamiento en terreno de las instalaciones y rutas reales
  • Actualización anual del plan y del plan de evacuación
  • Consideración explícita de personas con discapacidad, movilidad reducida, lactantes y personas que no hablan español, como exige la Ley 21.442
  • Material de difusión para trabajadores o residentes
  • Acta de simulacro lista para presentar ante fiscalización

Normativa que cubre

Cada entregable responde a una exigencia legal concreta. Estas son las normas involucradas en este servicio.

Cómo lo hacemos

El proceso, paso a paso

  1. 01

    Levantamiento en terreno

    Recorremos la instalación, medimos rutas y tiempos de salida, y registramos el estado real de equipos, señalética e iluminación de emergencia.

  2. 02

    Análisis de amenazas

    Identificamos las amenazas propias del proceso y las del territorio, y evaluamos la vulnerabilidad de personas e instalaciones.

  3. 03

    Redacción y planos

    Elaboramos el plan, los procedimientos por tipo de emergencia y los planos de evacuación listos para montar.

  4. 04

    Entrenamiento y simulacro

    Formamos la brigada, capacitamos al personal y ejecutamos el simulacro con evaluación e informe. Ahí el plan deja de ser papel.

4

tipos de emergencia cubiertos como mínimo

1

simulacro anual, el mínimo que exige la ley

360°

cobertura: documento, brigada y terreno

Partamos por saber en qué estado está su empresa

Una evaluación inicial de su operación y su documentación, con un listado concreto de brechas priorizadas y una propuesta cerrada.

Dudas habituales

Preguntas sobre planes de emergencia

¿Es obligatorio el plan de emergencia en un condominio?
Sí. El artículo 40 de la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria obliga a todo condominio a contar con un plan de emergencia que contenga el plan de evacuación. Debe revisarse y actualizarse al menos una vez al año, considerando el número de residentes y, de forma expresa, a las personas con discapacidad, movilidad reducida, lactantes y quienes no hablan español. Además obliga a organizar simulacros.
¿Cada cuánto hay que hacer simulacros?
Como mínimo una vez al año. En operaciones con riesgos mayores, como manejo de sustancias peligrosas, procesos con fuego o gran afluencia de público, se recomienda al menos dos ejercicios anuales y ensayos parciales por turno, para que todos los equipos hayan participado alguna vez.
¿Qué diferencia hay entre un plan de emergencia y un plan de GRD?
El plan de emergencia se concentra en la respuesta: qué hace cada persona cuando ocurre el evento. El plan de gestión del riesgo de desastres es más amplio y cubre el ciclo completo, incluyendo la identificación de amenazas del territorio, la reducción del riesgo antes de que ocurra el evento y la recuperación posterior. La Ley 21.364 instala ese enfoque de ciclo completo en Chile.
¿Atienden edificios y comunidades, no solo empresas?
Sí. Trabajamos tanto con centros de trabajo como con edificios comerciales, condominios y comunidades residenciales que deben cumplir la Ley de Copropiedad Inmobiliaria. El levantamiento y los entregables son distintos en cada caso.