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Autodiagnóstico de cumplimiento en seguridad laboral
Indique el tamaño, el rubro y los riesgos de su empresa y responda solo las obligaciones que le aplican. Tres minutos y sabe exactamente dónde está parada.
Qué evalúa
Adaptado a su empresa · 3 minutos
¿Su empresa resistiría una fiscalización esta semana?
Primero indique el tamaño, el rubro y los riesgos de su empresa; después responderá solo las obligaciones que le aplican. Obtiene al instante su nivel de exposición y el detalle de cada brecha. No pedimos datos personales.
Este autodiagnóstico es orientativo y no reemplaza una evaluación en terreno. Cubre las obligaciones más fiscalizadas según el perfil declarado, no la totalidad de la normativa aplicable a su actividad.
Las obligaciones que evalúa
Qué se evalúa y por qué importa
Son las obligaciones que aparecen con más frecuencia en las actas de fiscalización y las que más pesan al acreditar el deber de protección tras un accidente. Las que dependen del tamaño o de los riesgos de la empresa se indican con su condición.
- 01 DS 44 / DS 67
¿Cuenta con una política de seguridad y salud en el trabajo, firmada por la dirección y difundida a sus trabajadores?
La política es el marco que sostiene al resto del sistema. Además es uno de los antecedentes que el organismo administrador exige para acreditar un sistema de gestión operativo en el proceso de evaluación del DS 67, del que dependen la rebaja o el recargo de su cotización adicional.
- 02 DS 44
¿Ha aplicado la autoevaluación de aspectos legales en los últimos 12 meses?
Sin una autoevaluación vigente, la empresa no sabe qué obligaciones tiene incumplidas hasta que llega la fiscalización. Es el instrumento que ordena el plan de trabajo del año.
- 03 DS 44
¿Tiene una matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER) actualizada en los últimos 12 meses?
Sin matriz IPER vigente no hay sistema de gestión. Es el primer documento que se solicita en una fiscalización y la base de todo lo demás.
- 04 DS 44
¿Cuenta con un Programa de Trabajo Preventivo escrito y vigente para este año?
El programa de trabajo preventivo es una exigencia expresa del DS 44 y la evidencia de que la gestión es continua y no reactiva.
- 05 Código del Trabajo art. 153 / DS 44
¿Tiene Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad entregado y firmado por sus trabajadores?
Empresas con 10 o más trabajadoresUn RIOHS sin registro de entrega firmado no tiene valor probatorio. Es una de las infracciones más frecuentes y más fáciles de constatar.
- 06 DS 44
¿Sus trabajadores cuentan con un Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo que participa en la gestión preventiva?
Empresas de 10 a 25 trabajadoresSin delegado de SST, la participación de los trabajadores en la gestión preventiva queda sin canal ni evidencia. Es la figura que el DS 44 prevé para empresas sin comité paritario.
- 07 Ley 16.744 art. 66 / DS 44
¿Constituyó el Comité Paritario de Higiene y Seguridad y sesiona con actas al día?
Empresas con 26 o más trabajadoresLa participación de los trabajadores es obligatoria desde 26 personas. Un comité constituido pero que no sesiona equivale, ante la autoridad, a no tenerlo.
- 08 Ley 16.744 art. 66 / DS 44
¿Cuenta con Departamento de Prevención de Riesgos a cargo de un experto en prevención?
Empresas con más de 100 trabajadoresSobre 100 trabajadores la ley exige un departamento de prevención dirigido por un experto. Su ausencia es una infracción directa y deja sin responsable técnico la gestión preventiva.
- 09 Ley 16.744 / DS 44
¿Entregó la Información de Riesgos Laborales (IRL, la antigua ODI) con registro firmado por cada trabajador?
La IRL es la obligación más fiscalizada y la más determinante en caso de accidente: si no está firmada, se presume que el trabajador nunca fue informado del riesgo.
- 10 DS 44 / Ley 21.442
¿Tiene plan de emergencia y evacuación, con al menos un simulacro realizado en los últimos 12 meses?
Un plan sin simulacro registrado no acredita cumplimiento. Además, en una emergencia real, un plan nunca ensayado no se ejecuta.
- 11 DS 594 / protocolos MINSAL
¿Aplica los protocolos de vigilancia MINSAL que corresponden a los agentes presentes en su operación (PREXOR, sílice, radiación UV, plaguicidas u otros)?
Empresas con exposición a ruido, sílice, radiación UV, plaguicidas u otros agentesCon exposición declarada, los protocolos de vigilancia son obligatorios. Su ausencia expone a sanción y, sobre todo, a enfermedades profesionales no detectadas a tiempo.
- 12 Ley 20.123 / DS 44
¿Coordina y verifica la gestión preventiva de sus empresas contratistas (acreditación, reglamento especial y registro de cumplimiento)?
Empresas que trabajan con contratistas o subcontratistasLa empresa principal responde por la coordinación preventiva de sus contratistas. Sin acreditación ni registro, un accidente de un contratista compromete también a la principal.
- 13 DS 44
¿Investiga y documenta todos los accidentes e incidentes, incluso los sin lesión?
Sin investigación no hay aprendizaje: el mismo accidente se repite. El DS 44 exige análisis causal y verificación de la eficacia de las medidas.
- 14 DS 594 / DS 44
¿Entrega elementos de protección personal con registro de entrega firmado y verifica su uso efectivo?
La entrega de EPP sin registro firmado no acredita cumplimiento, y la entrega sin verificación de uso no controla el riesgo.
- 15 DS 44 / Ley 16.744
¿Tiene al día el registro de capacitaciones en seguridad de todo su personal, incluido el que ingresó este año?
El personal nuevo sin inducción es el de mayor riesgo estadístico de accidente. Y sin registro firmado, la capacitación no existe para la autoridad.
Dudas habituales
Sobre el autodiagnóstico
Lo que conviene saber antes y después de responderlo.